La Dirección General de Tributos (DGT), en su Consulta Vinculante V0124-26, de 27 de enero de 2026, vuelve a pronunciarse sobre una cuestión especialmente relevante en el ámbito del Impuesto Rentas de la Persona Física. La posibilidad de aplicarse la exención de la ganancia patrimonial por la transmisión de la vivienda habitual por mayores de 65 años o por personas en situación de dependencia severa o de gran dependencia de conformidad con la Ley. Hablamos de la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, cuando el contribuyente ha abandonado el inmueble por motivos de dependencia y reside de forma permanente en una residencia geriátrica. La consulta aclara el alcance de la exención aplicable a la ganancia patrimonial derivada de la transmisión de la vivienda habitual en supuestos de personas mayores o dependientes. La consulta analiza la posibilidad de aplicar la exención prevista en el artículo 33.4.b) de la Ley 35/2006 del IRPF a la transmisión de un inmueble que ya no constituye la residencia efectiva del contribuyente en el momento de la venta, en el caso de una persona con grado II de dependencia que abandonó su vivienda habitual para trasladarse de forma permanente a una residencia geriátrica. La DGT recuerda que el artículo 41 bis del Reglamento del IRPF mantiene la consideración de vivienda habitual en aquellos supuestos en los que el contribuyente deja de residir en el inmueble por circunstancias que necesariamente exigen el cambio de domicilio, como sucede en los casos de dependencia, enfermedad o imposibilidad de valerse por sí mismo. En consecuencia, el traslado permanente a una residencia geriátrica no implica automáticamente la pérdida del carácter de vivienda habitual del inmueble, siempre que concurran los requisitos exigidos por la normativa tributaria. Dichos requisitos son: De este modo, cumpliéndose los requisitos establecidos en el artículo 33.4.b) de la Ley del IRPF y en el artículo 41 bis de su Reglamento, la ganancia patrimonial derivada de la transmisión podrá quedar exenta de tributación. La relevancia de esta consulta vinculante es evidente desde una perspectiva patrimonial y sucesoria, especialmente en un contexto de envejecimiento de la población y aumento de los supuestos de dependencia. A modo de conclusión, La Consulta Vinculante V0124-26 consolida una interpretación favorable para los contribuyentes en situaciones de dependencia, reforzando el criterio de que el traslado a una residencia geriátrica no implica, por sí mismo, la pérdida del carácter de vivienda habitual. Desde una perspectiva fiscal y patrimonial, este pronunciamiento vuelve a poner de manifiesto la importancia de analizar correctamente cada operación inmobiliaria antes de su formalización, especialmente cuando concurren circunstancias personales o familiares complejas.
Ley Beckham: Requisitos y beneficios para trabajadores desplazados en España
El régimen especial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para los trabajadores desplazados a España contemplado en el artículo 93 de la Ley del IRPF, más conocido como la Ley Beckham, ha experimentado ciertas modificaciones en sus requisitos de aplicación para incentivar así la llegada, e incluso el retorno, de trabajadores, emprendedores, inversores y profesionales no residentes ofreciendo beneficios fiscales en los primeros años en territorio español. EL RÉGIMEN Consiste en tributar en España como no residente, pese a establecer su residencia fiscal en territorio español, ofreciendo así beneficios fiscales consistentes en someter a gravamen, de forma progresiva, las rentas de los desplazados. De esta forma, los beneficiados por la Ley Beckham tributarán en España solo por las rentas obtenidas aquí y durante un periodo de tiempo. Posteriormente, tributan en España por sus rentas mundiales. REQUISITOS ¿A QUIÉN VA DIRIGIDO? Principales beneficiarios: Además, en los últimos años, el régimen también se contempla: No obstante, quienes formen parte de estos grupos también deben cumplir una serie de requisitos como son: Examinada cada situación y cumplidos todos los requisitos exigidos, el régimen puede ser aplicado durante el año en el que se produce el cambio de residencia fiscal y los cinco períodos inmediatamente siguientes a este. PRINCIPALES BENEFICIOS → los primeros 600.000 euros de base tributan al 24% y el resto al 47%. El resto de rendimientos obtenidos tributan según los tipos impositivos del IRPF. · No presentación de declaraciones informativas como el modelo 720 sobre bienes en el extranjero. · En el caso de estar obligado a presentar Impuesto sobre el Patrimonio (IP), sólo se declaran los bienes y derechos en propiedad sitos en territorio español. PLAZOS DE SOLICITUD El régimen de trabajadores desplazados es una opción a elegir frente a tributar como el resto de residentes fiscales en España. Por lo tanto, si te encuentras en situación de poder acogerte al mismo, debes solicitarlo en el plazo de seis meses desde que se inicia de forma efectiva la causa que origina el desplazamiento (inicio de la actividad laboral o económica). No obstante, la mejor planificación es, antes de solicitar la aplicación del Régimen, consultar con profesionales para saber si se cumplen todos los requisitos y poder realizar correctamente todo el proceso de solicitud, dado que ello marcará tu régimen de tributación inicial en España. En MATION, analizamos cada situación de forma individual para valorar si podemos solicitar tu LEY BECKHAM y así poder optimizar fiscalmente tus impuestos.
Novedades en el IRPF 2025
Con el inicio de la campaña del IRPF correspondiente al ejercicio 2025, conviene conocer los principales cambios antes de presentar la declaración. A continuación, repasamos los aspectos más relevantes. Calendario de la campaña Las declaraciones abren plazo en abril y el proceso se desglosa de la siguiente manera: Obligación de declarar El umbral de ingresos brutos para contribuyentes con dos o más pagadores se eleva a 15.876 € (antes 15.000 €). Quienes no alcancen este límite no están obligados a declarar, aunque siempre es recomendable revisar el borrador, ya que el resultado podría ser favorable. Novedades para autónomos El Modelo 100 incorpora nuevas casillas para la regularización de cotizaciones derivadas del sistema de tramos del RETA. Asimismo, todos los trabajadores por cuenta propia están obligados a presentar la declaración con carácter general, con independencia de su nivel de ingresos o del resultado de la actividad. Deducciones por sostenibilidad Se prorrogan las deducciones por adquisición de vehículos eléctricos enchufables e instalación de puntos de recarga, con un porcentaje de hasta el 15%. También continúan vigentes las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en vivienda habitual, que oscilan entre el 20% y el 60% en función del ahorro acreditado. Deducciones autonómicas Uno de los apartados que más contribuyentes pasan por alto es el de las deducciones autonómicas, que no se incorporan automáticamente al borrador y pueden mejorar de forma significativa el resultado de la declaración. En la Comunidad Valenciana, algunas de las más relevantes son: No te límites a confirmar el borrador. Revisa las deducciones autonómicas aplicables en tu comunidad —gastos escolares, arrendamiento, discapacidad, entre otras— ya que habitualmente no se incorporan de forma automática y pueden mejorar de forma notable el resultado de la declaración. Si necesitas ayuda para presentar tu declaración o determinar si estás obligado o no a presentarla, contacta con MATION y te ayudaremos en todo lo que necesites!
Reducción en IRPF por Pago de Pensión Compensatoria
El límite de la reducción por pensión compensatoria en la base imponible del pagador es el importe efectivamente satisfecho durante el ejercicio fiscal, sin un límite cuantitativo concreto, pero con algunas condiciones importantes: Si la pensión compensatoria se paga en varios ejercicios se aplica la reducción año a año, según el importe efectivamente pagado en cada ejercicio fiscal. ¿Cómo se aplica? ¿DESDE CUÁNDO APLICA? En una reciente Consulta Vinculante V2424-23 de la Dirección General de Tributos (DGT), concluye que la reducción en la base imponible general del IRPF por pensión compensatoria solo procede respecto de las cantidades efectivamente satisfechas desde la firmeza de la sentencia o decreto que declare el divorcio, o desde el otorgamiento de escritura pública que así lo declare. No obstante lo anterior, el Tribunal Supremo, en sentencias de 22 y 23 de julio de 2024, Tribunal Supremo (Contencioso), sec. 2ª, S 22-07-2024, nº 1369/2024, rec. 8648/2022 ha establecido que la reducción en la base imponible del IRPF por pensión compensatoria puede aplicarse desde la fecha en que se suscribe el convenio regulador, siempre que la sentencia judicial que lo ratifique no modifique lo pactado. Esta interpretación judicial podría permitir a los contribuyentes solicitar la rectificación de autoliquidaciones anteriores en las que no aplicaron la reducción por pagos efectuados tras la firma del convenio regulador pero antes de la sentencia firme. ASPECTOS A REVISAR De lo anterior se derivan varias contingencias fiscales importantes que conviene tener en cuenta si eres el pagador de una pensión compensatoria fraccionada en el tiempo. Aquí te las detallo: 1. Pérdida de la reducción por falta de pago 2. Falta de resolución judicial o formalización ante notario/juzgado 3. Confusión con pensión de alimentos o gastos familiares 4. Importe pagado superior a la base general 5. Doble beneficio indebido (pagador y perceptor)