El régimen especial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para los trabajadores desplazados a España contemplado en el artículo 93 de la Ley del IRPF, más conocido como la Ley Beckham, ha experimentado ciertas modificaciones en sus requisitos de aplicación para incentivar así la llegada, e incluso el retorno, de trabajadores, emprendedores, inversores y profesionales no residentes ofreciendo beneficios fiscales en los primeros años en territorio español.
EL RÉGIMEN
Consiste en tributar en España como no residente, pese a establecer su residencia fiscal en territorio español, ofreciendo así beneficios fiscales consistentes en someter a gravamen, de forma progresiva, las rentas de los desplazados. De esta forma, los beneficiados por la Ley Beckham tributarán en España solo por las rentas obtenidas aquí y durante un periodo de tiempo. Posteriormente, tributan en España por sus rentas mundiales.
REQUISITOS
- No haber sido considerado residente fiscal en España durante los tres años anteriores al desplazamiento.
- Que no se obtengan rentas por parte de un establecimiento residente en España, excepto en el caso de profesionales cualificados.
¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?
Principales beneficiarios:
- Trabajadores que se desplacen por inicio de nuevas relaciones laborales con un empleador en España o aquellos trabajadores que se desplacen a España por orden de sus empleadores con independencia de que sigan trabajando para la empresa no residente en España, aplicando así a los supuestos de teletrabajo.
- Quienes adquieran el puesto de administradores de entidades españolas
- Profesionales cualificados que vayan a emprender en España
- Profesionales cualificados que vayan a prestar servicios en empresas emergentes
Además, en los últimos años, el régimen también se contempla:
- En caso de matrimonio: para el cónyuge y los hijos menores de veinticinco años, o hijos de cualquier edad en caso de discapacidad.
- Inexistencia de vínculo matrimonial: en el caso de que existan hijos, para estos y también para el otro progenitor.
No obstante, quienes formen parte de estos grupos también deben cumplir una serie de requisitos como son:
- Trasladar su residencia
- No haber sido residente fiscal en España en los tres años anteriores
- Que sus rentas no superen determinados límites
- Solo podrán aplicar el régimen durante los años que lo apliquen los principales beneficiarios.
Examinada cada situación y cumplidos todos los requisitos exigidos, el régimen puede ser aplicado durante el año en el que se produce el cambio de residencia fiscal y los cinco períodos inmediatamente siguientes a este.
PRINCIPALES BENEFICIOS
- Tributar solo por las rentas obtenidas en España durante un periodo considerable.
- Tipos impositivos menos progresivos para la suma de los rendimientos del trabajo, actividades económicas, capital inmobiliario y ganancias que no derivan de transmisión de elementos patrimoniales
→ los primeros 600.000 euros de base tributan al 24% y el resto al 47%.
El resto de rendimientos obtenidos tributan según los tipos impositivos del IRPF.
· No presentación de declaraciones informativas como el modelo 720 sobre bienes en el extranjero.
· En el caso de estar obligado a presentar Impuesto sobre el Patrimonio (IP), sólo se declaran los bienes y derechos en propiedad sitos en territorio español.
PLAZOS DE SOLICITUD
El régimen de trabajadores desplazados es una opción a elegir frente a tributar como el resto de residentes fiscales en España. Por lo tanto, si te encuentras en situación de poder acogerte al mismo, debes solicitarlo en el plazo de seis meses desde que se inicia de forma efectiva la causa que origina el desplazamiento (inicio de la actividad laboral o económica).
No obstante, la mejor planificación es, antes de solicitar la aplicación del Régimen, consultar con profesionales para saber si se cumplen todos los requisitos y poder realizar correctamente todo el proceso de solicitud, dado que ello marcará tu régimen de tributación inicial en España.
En MATION, analizamos cada situación de forma individual para valorar si podemos solicitar tu LEY BECKHAM y así poder optimizar fiscalmente tus impuestos.




