El régimen especial de impatriados, comúnmente conocido como Ley Beckham, es un régimen fiscal diseñado para facilitar el traslado a España de trabajadores, emprendedores, inversores, y profesionales altamente cualificados. Su objetivo es atraer talento internacional a nuestro país, permitiendo que los contribuyentes tributen solo por los ingresos generados en España, excluyendo la renta obtenida fuera de sus fronteras. Esta regulación se adapta para atraer a un amplio abanico de perfiles, desde empleados por cuenta ajena hasta emprendedores y teletrabajadores.
En este artículo te explicamos de manera detallada cómo funciona la Ley Beckham, los requisitos necesarios, las últimas modificaciones en la normativa y sus beneficios, con base en la información actualizada de la Agencia Tributaria Española.
¿Qué es el Régimen Especial de Impatriados?
El régimen especial de impatriados o Ley Beckham (artículo 93 de la Ley IRPF) es un régimen fiscal establecido en España para aquellos que se trasladan a vivir en el país con el objetivo de trabajar y cuya residencia fiscal pasa a ser España. Este régimen permite que los trabajadores, emprendedores, inversores y teletrabajadores solo tributen por los ingresos obtenidos en territorio español, no por sus ingresos mundiales, como es habitual para los residentes fiscales.
Desde su instauración en 2005, este régimen ha sido modificado en diversas ocasiones, siendo la más reciente en 2023, con la reforma introducida por la Ley 28/2022 de fomento del ecosistema de empresas emergentes.
¿Cómo Funciona el Régimen Especial de Impatriados?
El régimen especial implica que las personas que se desplacen a España y cumplan con los requisitos establecidos puedan tributar a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). Esto significa que las personas acogidas a este régimen tributarán exclusivamente por las rentas generadas dentro de España, con un tipo impositivo reducido.
Además, los contribuyentes que se acojan a este régimen no tienen la consideración de residentes fiscales en España para efectos de la aplicación de convenios de doble imposición, lo que implica que solo tributarán por sus rentas españolas.
Requisitos para Aplicar al Régimen Especial
A continuación, te explicamos los detalles:
- No haber sido residente fiscal en España durante los últimos cinco años antes del desplazamiento.
Anteriormente, este período era de 10 años.
- Desplazamiento a España debido a alguna de las siguientes circunstancias:
- Contratación por una empresa española: Se debe iniciar una relación laboral ordinaria o especial (distinta a la de los deportistas profesionales) con un empleador en España. También se incluye a los teletrabajadores internacionales, siempre que la actividad se realice mediante medios informáticos o telemáticos desde España.
- Adquisición de la condición de administrador de una entidad en España (sin participar en el capital o cuando la participación no determine entidad vinculada).
- Realización de una actividad emprendedora en España o prestación de servicios a empresas emergentes.
- Familiares: También pueden acogerse al régimen especial el cónyuge y los hijos menores de 25 años (o sin límite de edad si tienen discapacidad) del contribuyente principal, siempre que cumplan con ciertas condiciones.
4. No obtener rentas a través de un establecimiento permanente en España, salvo excepciones específicas como las detalladas anteriormente.
Modificaciones más recientes en la Ley Beckham
Con la modificación introducida en 2023, se han ampliado las posibilidades de acceso al régimen. A partir de este año, el régimen especial no solo se aplica a empleados por cuenta ajena o deportistas, sino también a teletrabajadores internacionales, emprendedores, profesionales altamente cualificados, e incluso aquellos que presten servicios a empresas emergentes.
De acuerdo con la reforma, se introducen dos figuras en el régimen:
- Contribuyente principal: El trabajador que se traslada a España.
- Contribuyentes asociados: Familiares del contribuyente principal, como cónyuge e hijos, que podrán beneficiarse de este régimen mientras se cumplan las condiciones.
Beneficios del Régimen Especial de Impatriados
1. Imposición solo sobre los ingresos generados en España: La principal ventaja es que solo se tributa por los ingresos obtenidos en territorio español. Esto permite a los extranjeros que se mudan a España seguir tributando según las leyes fiscales de su país de origen para los ingresos generados fuera de España.
2. Tipo impositivo reducido: Los ingresos obtenidos en España tributan a un 24% para los primeros 600.000 euros. Si los ingresos superan esa cantidad, el porcentaje es del 47%.
3. Flexibilidad para nuevos perfiles: Desde 2023, la ley ha incluido a más perfiles, como teletrabajadores, emprendedores y profesionales en sectores clave, facilitando que más personas se puedan acoger a este régimen.
4. Duración del régimen: El régimen tiene una duración de 5 años, lo que proporciona estabilidad fiscal durante ese período.
5. Posibilidad de acogerse al régimen para los familiares: El cónyuge e hijos del contribuyente principal también podrán beneficiarse de las ventajas fiscales de este régimen, lo que permite que todo el núcleo familiar se vea beneficiado.

Obligaciones y Declaraciones
Las personas que se acojan al régimen especial deben cumplir con varias obligaciones tributarias:
Modelo 149: Para acogerse al régimen o renunciar a él, se debe presentar dicho modelo para declaraciones anteriores a 2023.
Modelo 151: Los contribuyentes deberán presentar la declaración del IRPF correspondiente a este régimen a través de este modelo. Este modelo sustituye al anterior y debe utilizarse para las declaraciones correspondientes a los períodos impositivos a partir de 2023.
Conclusión
El régimen fiscal especial para impatriados o Ley Beckham sigue siendo una excelente opción para los profesionales extranjeros que deseen trasladarse a España, ya sea por trabajo, emprendimiento o inversión. Gracias a las reformas recientes, más personas pueden beneficiarse de este régimen, incluidos teletrabajadores e incluso familiares de los contribuyentes principales.
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